¡Al fin, ya tienes la nacionalidad española! Sin embargo, piensa todo lo que has logrado en este país desde que llegaste. Como mínimo, habrás hecho alguna de estas cosas: Abrir una cuenta bancaria, obtener un título académico u homologar el que ya tenías, cotizar en la Seguridad Social, pagar impuestos, alquilar o comprar algún bien importante (casa o vehículo), contratar un seguro de salud o ser beneficiario de una de vida, entre otras. Eso está muy bien, pero… ¡Recuerda que TODO lo has hecho con tu antiguo NIE o Número de Identidad de Extranjero! Por ello, este proceso de transición no termina con la concesión de la nacionalidad y la posterior obtención de tu nuevo DNI y pasaporte, sino que por el contrario ahora es necesario que obtengas el CERTIFICADO DE CONCORDANCIA.
En este artículo, te explicaremos todo lo que necesitas saber sobre este tema (requisitos, cómo obtenerlo, cita, formulario, tasa y mucho más).
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En este artículo aprenderá
El certificado de concordancia es un documento expedido por la Policía Nacional que deja constancia que el titular de un antiguo NIE y nuevo DNI son la misma persona, sólo que ha cambiado su número de identificación por haber pasado de ser extranjero a español.
Si quieres saber la apariencia de este documento, la mejor forma es mediante la siguiente imagen:
Como verás, el mismo dejará constancia del NIE que tenías antes y del DNI que tienes ahora, con el objeto de acreditar que eres la misma persona, pero con un número de identificación diferente al haber obtenido la nacionalidad española.
El certificado de concordancia sirve para acreditar que una persona antes estaba identificada con un NIE por ser extranjera y ahora con un DNI por haber adquirido la nacionalidad española. En otras palabras, su función es demostrar que su titular es la misma persona, aunque antes estaba identificada de una manera y ahora de otra.
Conociendo la función del certificado de concordancia, a continuación veremos los casos donde usualmente es utilizado:
a) Cambiar datos personales ante la Agencia Tributaria (Hacienda), Seguridad Social, Dirección General de Tráfico (DGT) o cualquier otra autoridad.
Plantéate el siguiente escenario: Has cotizado 5 años con NIE porque no tenías nacionalidad española en ese momento, luego necesitas que la Seguridad Social te reconozca esas cotizaciones para algún beneficio (prestación contributiva de desempleo -paro- o futura jubilación). El no tener el certificado de concordancia puede causarte problemas en este aspecto.
b) Cambiar datos personales (de NIE a DNI) ante bancos, compañías de seguro y cualquier particular o empresa privada.
Imagina que eres el beneficiario de un seguro de vida y que el asegurado haya fallecido.
Te pones en contacto con la compañía de seguros, la cual está dispuesta a pagarte el importe asegurado (1 millón de euros, por ejemplo), pero cuando ve tu DNI te indica que no puede hacerlo, ya que el beneficiario tiene un NIE y no un DNI.
En ese caso, no podrás cobrar hasta que obtengas el certificado de concordancia para acreditar que eres la misma persona.
c) Identificarte plenamente ante notarios y registradores.
Un ejemplo útil en este supuesto sería:
Has comprado un inmueble con tu antiguo NIE. Ahora quieres venderlo, pero tienes DNI.
La única forma válida de probar ante estas autoridades que eres la misma persona, aunque con diferentes números de identidad, es mediante el certificado de concordancia. Sin ello, no podrás vender.
d) Inscribirte en el Colegio Profesional que te corresponda.
Supón que has obtenido la homologación o que has cursado directamente tus estudios en España, pero lo has hecho con NIE.
Justo entre la expedición de tu título y la colegiación te nacionalizas. Ahora quieres colegiarte y tienes toda la documentación correspondiente con el NIE. La única forma de hacerlo con tu DNI es precisamente presentando un certificado de concordancia.
Estos son sólo algunos ejemplos que muestran para que sirve o qué hacer con el certificado de concordancia.
No obstante, como te indiqué previamente, este documento funcionará en cualquier situación que necesites acreditar que eres la misma persona, sólo que antes te identificabas con un NIE y ahora con un DNI.
Este trámite es completamente presencial. Hasta el momento, lo único que se puede hacer vía telemática es solicitar la cita previa, lo cual se realiza en una determinada sede electrónica.
Si quieres saber más sobre este punto, te invitamos a leer el punto 6.1 de este artículo.
Como te indicamos en el punto anterior, este trámite no se puede realizar por Internet. En consecuencia, no existe una sede electrónica en particular para llevar a cabo el procedimiento.
Aunque seamos repetitivos, te recordamos que la única fase que se realiza vía online es la solicitud de la cita previa y esto se hace siguiendo este enlace: Certificado de Concordancia Sede Electrónica.
Para pedir el certificado de concordancia es necesario seguir una serie de pasos. Estos son:
a) Solicitud de cita previa;
b) Cumplir con una serie de requisitos y;
c) Acudir personalmente el día de la cita.
De todos modos, en los siguientes puntos explicaremos todo esto con mayores detalles.
Suele ser bastante complicada de conseguir. En ese caso, contáctanos para que como ABOGADOS ESPECIALISTAS EN EXTRANJERÍA podamos conseguirla por ti mediante nuestros servicios.
De todos modos, si quieres intentarlo por tu cuenta, puedes leer nuestro artículo denominado: CITA PARA CERTIFICADO DE CONCORDANCIA.
En caso que trates y no puedas conseguirla, recuerda que podemos ayudarte.
Este trámite se realiza ante la Policía Nacional. Por ello, una vez que hayas obtenido la cita correspondiente, tendrás que acudir presencialmente ante la comisaria que te corresponda para presentar la solicitud junto con todos los requisitos que prevé el ordenamiento jurídico español.
a) Justificante de la cita previa;
b) Formulario correspondiente (se trata en el siguiente punto);
c) Tasa pagada (se abarca un poco más adelante) y;
d) El DNI (original y copia) en vigor.
Para un mejor entendimiento, los puntos b) y c) los trataremos con mayores detalles a continuación.
De todos los impresos disponibles, para obtener el certificado de concordancia es necesario rellenar y presentar el EX15.
Si no sabes cómo rellenar el certificado de concordancia, contáctanos para que mediante nuestros servicios lo hagamos por ti. De esa manera, evitarás la denegación de tu trámite.
Como el trámite se realiza ante la Policía Nacional, el modelo de tasa que debe utilizarse es el 790, código 012. Esto es importante, ya que muchas personas se confunden y utilizan otro modelo, lo cual implica que paguen un importe equivocado.
Al igual que con el impreso EX15, si tienes dudas de cómo rellenar y pagar la tasa, llámanos para que mediante nuestros servicios lo hagamos por ti.
Como abogados expertos en extranjería y nacionalidad española te ayudaremos en la obtención de tu certificado de concordancia. En ese sentido, podremos hacer lo siguiente por ti:
a) Obtener la cita previa para solicitar y obtener el certificado de concordancia, independientemente de la parte de España en la cual te encuentres;
b) Brindarte un asesoramiento continuo durante todo el procedimiento con base en las particularidades de tu caso;
c) Cumplimentar todos los impresos relacionados con este trámite;
d) Gestionar la tasa ante la entidad bancaria respectiva y;
e) Revisar toda la documentación que debe presentarse para darte nuestro visto bueno o indicarte las subsanaciones que deben llevarse a cabo.
Puedes solicitarnos un presupuesto sin compromiso alguno. Estaremos encantados de ayudarte, como ya hemos hecho con cientos de personas que han confiado en nosotros y han obtenido el certificado de concordancia a través de nuestros servicios.
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